Poniendo límites a los excesos populistas

Jaime de Althaus comenta los excesos de populismo que se han dado en la política y la fiscalía peruanas durante los últimos meses en el Perú, incluyendo el cierre del congreso y la reticencia del presidente a aprobar por decretos de urgencia reformas económicas y laborales.

Por Jaime de Althaus Guarderas

¿Qué tienen en común el cierre del Congreso, la reticencia a aprobar por decretos de urgencia reformas económicas y laborales, el despido de Hugo Coya luego de que el Canal 7 difundiera escenas y declaraciones que podían generar alguna empatía en favor de la liberación de Keiko Fujimori, y la explosión de citaciones del fiscal Pérez? Pues el populismo político: se hace aquello que permite aumentar la popularidad y el control político de las instituciones, y se deja de hacer o se rechaza aquello que puede afectar esos objetivos.

Un canal del Estado autónomo y plural no era funcional a esos designios. Menos aún uno que se atreviera a recoger la demanda de justicia de quien desempeñaba el papel de villano(a) en el teatro populista. Solo eso puede explicar la barbaridad de sacar a alguien como Hugo Coya.

Pero el contraataque más obvio ha sido el desatado por el populismo fiscal desbordado de los últimos días, comenzando por ataques denigratorios nada menos que al Tribunal Constitucional (TC). ¿Qué sentido tiene allanar por segunda vez la Confiep cuando todo el mundo sabe que su campaña de medios no dio un centavo a Keiko Fujimori? ¿Qué sentido tiene interrogar a Vladimiro Montesinos, que actuó 11 o 16 años antes de los hechos? ¿O a José Luis Sardón y a congresistas diversos? Y todo por donaciones de campaña que pueden ser criticables y vergonzantes pero que no eran delito. Un informe de Ricardo Uceda publicado el martes en La República revela el modo de actuar del heroico fiscal: acusaciones fantasiosas sin elementos de prueba. Recomiendo leerlo.

Y así como la fiscalía inventa un delito para poder perseguir a dirigentes y partidos políticos, el presidente estimuló una crisis política para cerrar el Congreso. Él mismo la generó, con el pedido de adelanto de elecciones. Quizá no haya coordinación, pero sí convergencia. Ha sido notoria la ‘confesión de parte’ del procurador público, Luis Huerta, en su contestación a la demanda competencial en el TC: “No se puede limitar el derecho de la ciudadanía a ser convocada a elecciones para resolver la crisis política”. Ese fue su argumento central. Es decir, una versión algo estilizada de la frase “el pueblo me pide que cierre el Congreso”.

Y añadió: “Si el TC acepta que la cuestión de confianza únicamente puede considerarse aceptada o denegada a través de una votación expresa, estaría optando por una interpretación formal de la Constitución”. Oiga: la Constitución es precisamente un sistema formal, de reglas. Y las reglas sirven para preservar las libertades y limitar el poder.

Como bien explicó Enrique Ghersi, nuestro sistema se basa en el principio de la separación y equilibrio de poderes. Hay excepciones –la interpelación, la censura, la cuestión de confianza, la disolución–, pero solo se pueden aplicar siguiendo las reglas establecidas en la Constitución. “Las excepciones al principio de separación de poderes están acotadas para impedir que el Poder Ejecutivo, que tiene el monopolio de la fuerza, avasalle. Por eso, no cabe por ejemplo, una censura fáctica. La censura se tiene que votar”.

Está en manos del TC cortar de raíz los excesos del populismo político y fiscal que socavan la democracia y el Estado de derecho.

Este artículo fue publicado originalmente en El Comercio (Perú) el 5 de diciembre de 2019.