Amenaza a la libertad de prensa
Alberto Benegas Lynch (h) describe la relación entre la libertad de expresión y prensa, la libertad de pensamiento y el derecho a la privacidad.
Ya hemos consignado que el gobierno de Donald Trump ha comenzado su gestión insultando a periodistas y echando algunos de conferencias de prensa de la Casa Blanca como si fuera dueño del lugar. En vez de señalar sus desacuerdos ha optado por sostener que son deshonestos y otros improperios. Ahora el gobierno anuncia que se está estudiando la posibilidad de citar a periodistas que hagan públicas informaciones que los gobernantes consideran reservadas, lo cual contradice principios elementales de la libertad de prensa.
Dada la trascendencia del tema, nunca es suficiente insistir una y otra vez sobre la importancia de resguardar lo que consigna el cuarto poder al efecto de hacer posible el debate abierto de ideas para avanzar en el conocimiento y limitar los abusos del poder. Jefferson sostenía que “frente a la alternativa de contar con un gobierno sin libertad de prensa y libertad de prensa sin gobierno, me inclino por los segundo”.
Hay autores que se pronuncian sobre diversos temas de interés general pero sus manifestaciones se reducen a un ámbito más o menos parroquial, sin embargo hay otros que emiten declaraciones, pronuncian conferencias o publican ensayos y sus palabras recorren casi instantáneamente el planeta. Este es el caso, por ejemplo, de Umberto Eco.
Son muchos los aspectos de gran interés que ha abordado Eco a través de su vida, pero destaco una conferencia en el Senado romano ante los miembros de ese cuerpo legislativo y directores de los periódicos más importantes de Italia sobre la función crítica del periodista. Este filósofo de la lengua apuntó que “La función del cuarto poder es, sin duda, la de controlar y criticar a los otros tres poderes” y también que “es garantía de salud para un país democrático que la prensa pueda cuestionarse a sí misma”.
A partir de esta premisa apuntada por Umberto Eco elaboraré en otras ocasiones sobre aspectos que estimo relevantes y que ahora vuelvo a resumir. Antes que nada es del caso subrayar que asistimos con alarma y gran preocupación al espectáculo lamentable en el que los dictadores electos y los de facto indefectiblemente la emprenden contra los medios y periodistas independientes, en verdad un pleonasmo ya que el “periodismo oficialista” deja de ser periodismo pero, dada la situación imperante, se hace necesario el adjetivo…a veces el antiperiodismo se autodenomina “periodismo militante”, una figura bochornosa pero que pone al descubierto la naturaleza vertical y militar del fenómeno.
La libertad de expresión es la manifestación de la libertad de pensamiento lo cual se torna indispensable para la vida del ser humano cuya característica sobresaliente es precisamente la de pensar y, consecuentemente, para el progreso puesto que éste se basa en un proceso evolutivo que demanda debates abiertos, todo lo cual solo tiene lugar en libertad. Esa es la razón por la que las Constituciones de las sociedades abiertas le atribuyen primordial importancia a la libertad de prensa y por la que los megalómanos tanto le temen a las voces que difieren con el discurso oficial.
Habiendo dicho esto, conviene precisar que hay reparticiones gubernamentales que muchas veces se dan por sentadas en regímenes democráticos pero que llevan la semilla de la destrucción del sistema, léase las agencias de noticias oficiales que sientan las bases para la manipulación de las pautas publicitarias, propaganda gubernamental y otras tropelías. En una sociedad abierta la publicidad oficial se terceriza sin necesidad de contar con una repartición estatal y les está vedado a los gobernantes participar en nada que esté relacionado con la prensa, tal como empresas de papel, el establecimiento de medios estatales, el mantenimiento de figuras inquisitoriales como la del “desacato” o la asignación de frecuencias radiales y televisivas puesto que el espectro electromagnético es susceptible de asignarse en propiedad y así liberarse de la fatídica figura de la concesión que siempre significan una peligrosa espada de Damocles.
Sin duda que la libertad de expresión para nada deshecha la posibilidad de que la Justicia proceda con las penas que estime necesario si se han vulnerado derechos, pero esto en ningún caso admite la censura previa. Solo los totalitarios y los brutos morales (que son sinónimos) pueden patrocinar la clausura de debates abiertos sobre todos los temas concebibles.
La función primordial del periodismo es la crítica al poder para así contribuir a mantener en brete a lo que siempre está en potencia de convertirse el un Leviatán que todo lo aplasta y engulle a su paso. Como nada al alcance de los mortales es perfecto, es deber del periodismo hurgar, escudriñar y poner al descubierto lo que se estima son desvíos de los gobiernos de su misión específica de garantizar y proteger los derechos de todos, así como también cualquier noticia referida a otros ámbitos que se estime pertinente comentar .
Esta plena libertad incluye el debate de ideas con quienes implícita o explícitamente proponen modificar el sistema, de lo contrario se provocaría un peligroso efecto boomerang (la noción opuesta llevaría a la siguiente pregunta, por cierto inquietante ¿en que momento se debiera prohibir la difusión de las ideas comunistas de Platón, en el aula, en la plaza pública o cuando se incluye parcial o totalmente en una plataforma partidaria?). Las únicas defensas de la sociedad abierta radican en la educación y las normas que surgen del consiguiente aprendizaje y discusión de valores y principios.
De la libertad de expresión se sigue la de asociación y de petición que deben minimizar las tensiones que eventualmente generen batifondos extremos y altos decibeles que afectan los derechos del vecino, lo cual en un sistema abierto se resuelve a través de fallos en competencia como mecanismo de descubrimiento del derecho y no como ingeniería legislativa y diseño arrogante.
Otra cuestión también controversial se refiere a la financiación de las campañas políticas. En esta materia, se ha dicho y repetido que deben limitarse las entregas de fondos a candidatos y partidos puesto que esos recursos pueden apuntar a que se les “devuelva favores” por parte de los vencedores en la contienda electoral. Esto así está mal planteado, las limitaciones a esas cópulas hediondas entre ladrones de guante blanco mal llamados empresarios y el poder, deben eliminarse vía marcos institucionales civilizados que no faculten a los gobiernos a encarar actividades más allá de la protección a los derechos y el establecimiento de justicia. La referida limitación es una restricción solapada a la libertad de prensa, del mismo modo que lo sería si se restringiera la publicidad de bienes y servicios en diversos medios orales y escritos.
También viene muy al caso mencionar el muy difundido caso de quien grita “¡fuego!” en un teatro colmado de gente cuando en verdad no hay tal incendio. Habitualmente se esgrime este ejemplo para concluir que hay límites a la libertad de expresión. Esto así está mal concebido si no se precisa el tema contractual vinculado a los derechos de propiedad que subyacen. En otros términos, el dueño del teatro y los espectadores se han comprometido, uno a ofrecer la función respectiva y los otros a presenciarlas lo cual no autoriza a ninguna de las dos partes a gritar nada ni a ninguna otra cosa como no sea el cumplir con lo contratado. En cambio, si en realidad hubiera un incendio cualquiera de las partes puede expresar la alarma que protege las vidas de los contratantes. No se trata entonces de una limitación al derecho la falsa alarma sino una obligación a ceñirse a lo estipulado.
De más está decir que la libertad de investigación periodística no puede lesionar derechos (nadie lo puede hacer en una sociedad civilizada) lo cual implica respetar el derecho a la intimidad. Este derecho consagrado en todas las Constituciones liberales, fue explicitado de modo detallado en 1890 por Samuel Warren y Louis Brandeis en un ensayo titulado “The Right to Privacy” (Harvard Law Review) y más adelante el célebre libro de Vance Pakard que bajo el título de La sociedad desnuda alude a todos los mecanismos y tecnologías gubernamentales y privadas que pueden utilizarse como invasivas (rayos láser, potentes máquinas fotográficas, telescopios y eventualmente aparatos que puedan captar ondas sonoras de la voz a grandes distancias) y las preguntas insolentes, formularios improcedentes y regulaciones invasivas por parte del Leviatán. Por razones de seguridad, la instalación de cámaras televisivas deben ser anunciadas por el instalador para dar la posibilidad de no transitar o visitar los lugares así vigilados. Por su parte, las llamadas cámaras ocultas en la mayor parte de las normativas penales no se aceptan como pruebas de un delito al ser recabadas por medio de otro delito.
Tal como escribe Milán Kundera en La insoportable levedad del ser “la persona que pierde su intimidad, lo pierde todo”. El derecho a la privacidad significa el resguardo a lo más caro del individuo, como consigna Santos Cifuentes en El derecho a la vida privada, constituye una extensión del derecho de propiedad. En la sociedad abierta, el sentido básico de resguardar ese sagrado derecho está dirigido principalmente aunque no exclusivamente contra los gobiernos.
Las personas tienen el derecho a resguardar sus personas, sus papeles, sus archivos en sus computadoras, sus correos electrónicos, sus casas y en general sus efectos contra requisitorias y revisaciones y que ninguna orden de Juez puede librarse sin causa probable de delito sustentada en el debido juramento y con la expresa descripción del lugar específico, los objetos y las personas a ser requisadas.
Afortunadamente han pasado los tiempos del Index Expurgatoris en el que papas pretendían restringir lecturas de libros, pero irrumpen en la escena comisarios que limitan o prohíben la importación de libros, dan manotazos a la producción y distribución de papel, interrumpen programas televisivos o, al decir del decimonónico Richard Cobden, establecen exorbitantes “impuestos al conocimiento”. La formidable invención de la imprenta por Pi Sheng en China y más adelante la contribución extraordinaria de Gutemberg, no han sido del todo aprovechadas, sino que a través de los tiempos se han interpuesto cortapisas de diverso tenor y magnitud pero en estos momentos han florecido (si esa fuera la palabra adecuada) megalómanos que arremeten con fuerza contra el periodismo.
Esto ocurre debido a la presunción del conocimiento de gobernantes que sin vestigio alguno de modestia, se autoproclaman sabedores de todo cuanto ocurre en el planeta, y se explayan en vehementes consejos a obligados y obsecuentes escuchas en imparables verborragias.
Dados los temas aquí brevemente expuestos —y que no pretenden agotar los vinculados a la libertad de prensa— considero que viene muy al caso reproducir una cita de la obra clásica de John Bury titulada Historia de la libertad de pensamiento: “El mundo mental del hombre corriente se compone de creencias aceptadas sin crítica y a las cuales se aferra firmemente […] Una nueva idea contradictoria respecto a las creencias que sustenta, significa la necesidad de ajustar su mente […] Las opiniones nuevas son consideradas tan peligrosas como molestas, y cualquiera que hace preguntas inconvenientes sobre el por qué y el para qué de principios aceptados, es considerado un elemento pernicioso”.