La propiedad privada del espectro electromagnético sí es posible
Iván Alonso dice que si la estación de radio o canal de televisión tuviera un derecho de propiedad en lugar de una concesión sobre la frecuencia que transmite, fuera más difícil imponer cuotas de contenido.
Por Iván Alonso
Las cuotas de contenido que el proyecto de ley del congresista Américo Gonza pretende imponer a las estaciones de radio y los canales de televisión, con el pretexto de la difusión cultural, son solamente posibles porque el Estado se cree dueño –y legalmente lo es– del espectro electromagnético. La estación o el canal que no cumpla con la incompresible “proporcionalidad” que ordena el proyecto puede perder, como lo advierte la exposición de motivos, su “título habilitante”; o sea, su licencia. Si la estación o el canal tuviera, no una licencia, sino un derecho de propiedad sobre la frecuencia en la que transmite, sería más difícil imponerle cuotas de contenido. A los medios escritos nadie se atreve a ponérselas.
La asignación de licencias parte de una falacia: que no es posible crear derechos de propiedad en el espectro electromagnético porque es un recurso escaso y debe, por lo tanto, ser administrado por alguna dependencia estatal que cuide del interés público. Pero la tierra, por poner un ejemplo, es también un recurso escaso, y no por eso se nos ocurre que deba ser propiedad pública y que los agricultores necesiten una licencia para cultivarla (con cuotas para productos “nativos”, quizás).
Al contrario: es justamente cuando un recurso es escaso que la propiedad privada hace más sentido que la propiedad pública, para que entre los distintos usos alternativos se elijan los que más valor crean para la sociedad.
Tampoco es tan limitado el espectro como parece a simple vista. A lo largo de un siglo, ha crecido en dos dimensiones, similares a lo que los economistas llaman el margen extensivo y el margen intensivo. Se ha hecho posible transmitir señales en frecuencias cada vez más altas, que es como ampliar la frontera agrícola con obras de irrigación (el margen extensivo); y se ha logrado transmitir cada vez más señales en un mismo ancho de banda, que es como aumentar el rendimiento de la tierra (el margen intensivo). La tecnología ha sido importante, pero el derecho y la economía, aún más.
Un propietario en todo el sentido de la palabra, que puede subdividir y vender su ancho de banda o modificar el uso que le da, tiene más incentivos para innovar. Pero no solamente para innovar; también para diversificar sus contenidos.
Si el congresista Gonza consigue que el Gobierno incluya en el presupuesto del Ministerio de Cultura una partida para la difusión de contenidos que promuevan la identidad nacional, decenas de estaciones de radio y canales de televisión competirán por ofrecerle todos los espacios que quiera. Un fin tan loable debería financiarse con recursos de la tributación general, no recortando el tiempo valioso de programación otorgado por una licencia. La imposición de cuotas equivale a un impuesto con nombre propio: un impuesto que solo pagan los titulares de las licencias de radio y televisión.
Técnicamente no hay ninguna dificultad para definir derechos de propiedad en el espectro. El propietario obtiene el derecho a emitir una señal desde la ubicación tal, en la banda de tantos a tantos megahertz de frecuencia y con tantos kilowatts de potencia. Lo mismo que se necesita para una licencia.
Este artículo fue publicado originalmente en El Comercio (Perú) el 26 de mayo de 2023.