La herencia de Horacio Cánepa

Alfredo Bullard dice que el proyecto de ley presentado en el Congreso atenta contra una de las grandes ventajas del arbitraje institucional: la capacidad de los centros de arbitraje de excluir a las personas que no se consideran idóneas para ser árbitros.

Por Alfredo Bullard

En 2016 el entonces congresista Juan Carlos Eguren del Partido Popular Cristiano (PPC) presentó un proyecto de ley en el Congreso para limitar el derecho de los centros de arbitraje para elegir quiénes podían nombrar como árbitros, exigiendo que solo se podían excluir a personas por “razones objetivas”. 

La gran ventaja del llamado arbitraje institucional es, precisamente, la capacidad de los centros arbitrales de filtrar a personas que no se consideren idóneas o no generan confianza suficiente para ser nombrados árbitros. 

Como relaté en un artículo escrito en El Comercio (“Con nombre y apellido”, 7 de mayo de 2016), la intención de Eguren era ayudar a un amigo de su partido, hoy conocido con el codinome ‘Almofadinha’: Horacio Cánepa

En esos tiempos no se habían destapado los depósitos por coimas que Odebrecht le había entregado a Cánepa. Pero el mercado había identificado que Cánepa, junto con otros árbitros, no era confiable. Los centros arbitrales comenzaron a no renovarles sus registros o simplemente excluirlos de sus listas para ser árbitros.

Cánepa me denunció penalmente por supuestamente haber afectado su honor con mi artículo. Pero apenas unas semanas antes de que el diario El País publicara la investigación sobre Cánepa, este desistió de su denuncia en mi contra diciendo que “me perdonaba”.

Pero ello no fue el fin del asunto. Una serie de legisladores de este Congreso se empeñan en resucitar el proyecto de ley Cánepa. Para variar, el Congreso sufre de amnesia y abre las puertas de los centros arbitrales a nuevos casos como los de ‘Almofadinha’. 

Hay un predictamen en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos (presidida por el congresista Moisés Guía) que propone resucitar la ley Cánepa, junto con otra serie de joyas solo explicables en quien no entiende cómo funciona el arbitraje.

La norma privaría a los centros arbitrales de herramientas para controlar árbitros que no le generen confianza, pues exige que solo pueden ser excluidos por razones “objetivas”. No hay que ser un genio para saber que en 2016 no era posible tener ningún criterio objetivo que permitiera excluir a Cánepa de inscribirse en un centro arbitral a pesar de lo que se sabía. La nueva norma permitiría repetir la historia.

Y no solo eso. Con la ley Cánepa no se podría arbitrar en los centros arbitrales más reconocidos internacionalmente, como la propia Cámara de Comercio Internacional (CCI), el International Centre for Dispute Resolution (ICDR), la American Arbitration Association (AAA), la London Court of International Arbitration (LCIA), el Hong Kong International Arbitration Centre o el Singapore International Arbitration Centre (SIAC), que no cumplirían con una ley tan absurda. Ningún centro de arbitraje prestigiado deja de tener listas o sistema de confirmación de árbitros para proteger la idoneidad de sus árbitros. 

Con toda el agua que ha pasado bajo el puente, ya el Congreso debería tener la capacidad para identificar el ADN de ciertos proyectos que se empujaron para proteger corruptos y personas sin la idoneidad suficiente. O, en todo caso, deberían tener la capacidad de explicarnos por qué se acoge con tanta insistencia proyectos de origen tan oscuro.

Este artículo fue publicado originalmente en Perú 21 (Perú) el 8 de septiembre de 2019.