Carl Schmitt en Cataluña
Juan Ramón Rallo considera que la definición de "soberano" del filósofo alemán es de relevancia para el debate en torno a Cataluña.
Por Juan Ramón Rallo
Por soberanía entendemos el poder de decisión último sobre un territorio. El soberano es, pues, quien posee ese poder de decisión último: aquel con capacidad de imponer su voluntad sobre el resto de la sociedad y aquel al que, en consecuencia, ese resto de la sociedad termina obedeciendo. El fenómeno de la soberanía puede analizarse desde una doble perspectiva: prescriptiva o positiva. Es decir, podemos plantearnos “quién debería ser el titular de la soberanía” o, en cambio, “quién ejerce realmente la soberanía en un momento determinado”.
En cuanto a quién debería ser el titular de la soberanía, el liberalismo proporciona una respuesta clara: el individuo. El titular de unos derechos y libertades que no pueden ser violados por ninguna otra voluntad suprema es cada persona, de modo que la ley no ha de convertirse en la expresión arbitraria del capricho de un gobernante, sino en la infraestructura jurídica que permite compatibilizar el ejercicio simultáneo de tales derechos y libertades por parte de todos sus titulares (Robert Nozick gustaba de describir los derechos como “restricciones colaterales”, esto es, límites a lo que un individuo podía hacer sobre otros individuos). A este respecto, sólo podemos remitirnos al filósofo estadounidense Michael Huemer, quien en su libro The Problem of Political Authority ha derribado todas las posibles justificaciones morales a la autoridad política (esto es, al derecho de algunos individuos o de algunas instituciones a ejercer de soberanos). Desde un punto de vista prescriptivo, no debería haber otra soberanía que la que ejerce cada persona en el marco de sus derechos.
Pero que nadie deba ejercer como soberano, salvo cada individuo dentro de la esfera de sus derechos, no significa que nadie, de facto, ejerza como soberano. Del “no deber ser” no se deriva necesariamente el “no ser”. En nuestras sociedades, sí existe un soberano. Pero, ¿quién es? ¿Cómo reconocerlo? Es aquí donde entra la visión de Carl Schmitt se vuelve relevante: de acuerdo con el filósofo alemán, soberano es aquel ente con capacidad para declarar y para establecer los términos de un estado de excepción, entendiendo por “estado de excepción” la aplicación de medidas extraordinarias que suspenden la totalidad o una parte del orden jurídico rutinario. Es decir, el soberano no es necesariamente aquel al que la norma suprema del ordenamiento jurídico califica como tal, sino aquel con el poder suficiente para imponer su voluntad por encima de ese ordenamiento jurídico —declaración del estado de excepción— y, sobre todo, de los “enemigos” de su soberanía (recordemos que, para Schmitt, “la distinción política específica, aquella a la que pueden reconducirse todas las acciones y motivos políticos, es la distinción de amigo y enemigo”). El soberano busca utilizar el estado de excepción para cristalizar su voluntad en una nueva normalidad jurídica a la que incluso sus enemigos presten obediencia (en términos económicos, diríamos que el soberano es aquel capaz de mover a la sociedad desde un Equilibrio Nash político a otro Equilibrio Nash político).
La crisis política catalana puede indudablemente entenderse desde la concepción schmittiana de soberanía. En Cataluña, un grupo de políticos (apoyado por unos dos millones de ciudadanos) reclama su soberanía sobre el territorio catalán; para lograr esa soberanía por la vía de los hechos, dan un golpe de estado contra el ordenamiento jurídico vigente a través de la DUI —esto es, declaran, en la concepción schmittiana, el “estado de excepción” en Cataluña— con el propósito último de instaurar una nueva normalidad jurídica (el Estado catalán independiente) que sea aceptada incluso por aquellos “enemigos” que hoy se oponen a la misma (catalanes no independentistas, ciudadanos españoles, gobiernos extranjeros, etc.). A su vez, otro grupo de políticos (apoyado por otros tantos millones de catalanes y por decenas de millones de españoles) reacciona reivindicando su soberanía sobre el territorio catalán y, para ello, también suspende el ordenamiento jurídico rutinario en Cataluña mediante la aplicación del artículo 155 de la Constitución con el propósito de apuntalar la normalidad jurídica previa (el Estado autonómico) ante aquellos “enemigos” que hoy se oponen a ella (independentismo catalán). Tenemos, por tanto, un conflicto irresoluble de legitimidades políticas y quien logre imponerse en ese conflicto —logrando la obediencia de la otra parte— será el auténtico soberano en Cataluña (y lo será aun cuando pensemos que no tiene “derecho” a serlo).
¿Quién se alzará con la victoria? Difícil de pronosticar un ganador en esta partida de ajedrez. Sin embargo, hay una realidad incuestionable: los partidarios del orden constitucional vigente han tomado el control de los tres principales mecanismos de que dispone todo Estado para generar obediencia, a saber, la violencia, el dinero y la propaganda. Por consiguiente, los contrarios a la independencia dispondrán de un enorme poder para someter a los partidarios de la misma, al menos en el corto plazo. A más largo plazo, empero, no está claro cómo se espera lograr permanentemente la obediencia de, al menos, dos millones de desafectos a la soberanía del Estado español (en especial, si los independentistas recuperan el control de la policía, la hacienda y los medios de comunicación tras los próximos comicios regionales). La consolidación de la soberanía del Estado español sobre Cataluña bien podría ser una victoria de muy corto plazo hasta la siguiente embestida insurreccional del independentismo.
Este artículo fue publicado originalmente en el blog Laissez Faire de El Confidencial (España) el 30 de octubre de 2017.