¿Una ley diferente según el origen étnico?
Javier Fernández-Lasquetty indica que otorgar validez vía reforma constitucional a la jurisdicción de los pueblos indígenas o de la ley sharia suprime la igualdad ante la ley.
Por Javier Fernández-Lasquetty
Guatemala está inmersa en un fuerte debate político y social, ya que el Congreso debate una reforma constitucional que, caso de aprobarse, otorgaría validez a la jurisdicción de los pueblos indígenas de conformidad con sus propias instituciones, normas, procedimientos y costumbres. Eso significaría que en asuntos penales, civiles, mercantiles, y por qué no políticos, podrían aplicarse normas no escritas y de origen ignorado que puedan ser presentadas como derecho indígena. Esta es una tendencia que se está extendiendo por toda América del Sur y Central. En Bolivia y Ecuador ya se constitucionalizó su aplicación en la década pasada, bajo los gobiernos de Evo Morales y Rafael Correa. Otros países van detrás.
En Europa hay otro fenómeno que tiene la misma raíz, que es el intento de aplicar la sharia. No crean que eso es impensable. Existe un activo movimiento favorable a la aplicación de la ley islámica a los musulmanes que viven en países occidentales. Hace pocos meses un tribunal alemán consideró que no era ilegal que un grupo de amenazadores jóvenes recorriera las calles de una ciudad germana ejerciendo como "Shariah Police", incluyendo uniforme y señalización para que no quedaran dudas.
En ambos casos hablamos de lo mismo: se trata de suprimir la igualdad ante la ley para sustituirla por sistemas jurídicos diferentes, en función del origen étnico de las personas. Algo que, en mi opinión, es incompatible con la libertad individual, porque el origen étnico no se elige, sino que viene impuesto. Dejemos claro que no se trata de un pluralismo jurídico elegido y voluntario, sino obligatorio e imperativo.
Frente a esta propuesta se elevan muchas voces en contra. Se habla, y con razón, de la falta de seguridad jurídica de unos conjuntos de normas que no se conocen de antemano, requisito primordial de cualquier norma de obligado cumplimiento. Se dice también, asimismo con razón, que surgirán innumerables conflictos en los que estén involucrados personas de etnias indígenas y otras que no lo son, o de diferentes grupos étnicos. ¿Qué Derecho se aplica? ¿Se puede aplicar a una persona el sistema jurídico de otra, aunque ambos sean ciudadanos iguales del mismo país? ¿Damos un salto atrás en el tiempo y en la evolución humana y regresamos a la "república de indios" y la "república de españoles" que existía en determinados virreinatos bajo las Leyes de Indias? Parece que una parte de la izquierda considera que eso es lo progresista.
Otras objeciones aluden a las formas en las que se imparta justicia bajo jurisdicciones indígenas. En Bolivia se ha llegado a dar el caso de un magistrado del Tribunal Constitucional que decide sobre las sentencias por el procedimiento de leer hojas de coca. Vean el video si no lo creen. Ejercer funciones jurisdiccionales es ejercer un poder: poder para obligar, para sancionar, para castigar incluso físicamente. ¿Es el supuesto carácter ancestral de una autoridad motivo suficiente para aceptar sus castigos? Desde John Locke, en el siglo XVII, sabemos que no debe haber poder sin consentimiento. ¿Dónde está el consentimiento en el caso de autoridades que se invisten de poder por sí mismas?
Más serio aún es el hecho de que los castigos corporales siguen considerándose aplicables en determinadas comunidades indígenas. Hay ejemplos frecuentes de ello. Incluso existe una corriente, por ejemplo en Ecuador, que defiende abiertamente que castigos corporales como el látigo son tortura en la cosmovisión occidental, pero no en la de determinadas etnias indígenas.
La esencia del carácter profundamente contrario a la libertad de estas propuestas está en la no voluntariedad. Una persona queda sometida a leyes que no ha votado ni elegido, mientras otra que vive a pocos kilómetros no lo está. ¿Por qué? Por su origen étnico, por su color y su raza. ¿Es admisible que una niña de 12 años sea casada por su padre sin su consentimiento sólo porque tuvo la mala suerte de nacer en la casa equivocada? ¿Se puede salir una mujer de un sistema jurídico y social que no le permite la libertad que ella quiere tener? Es sobre todo por respeto a la libertad individual de las personas originarias de etnias indígenas por lo que es rechazable un proyecto como este.
Hace pocos años un caso conmocionó Alemania, cuando una joven de 23 años nacida en Berlín fue asesinada por sus hermanos "porque quería vivir como una alemana". ¿Por qué consideraron inadmisible algo tan normal? Porque era de origen turco. Nada más.
Lo que está ocurriendo con el derecho indígena en América o con la sharia en Europa no es poco importante. Es una estrategia de poder. Poder para someter a una parte de la sociedad. Y poder, a continuación, para instaurar regímenes sin libertad sobre determinadas partes del territorio. A las ONGs y a la parte de la izquierda que defiende todo esto no parece preocuparle aliarse con visiones del mundo profundamente contrarias a la libertad, especialmente la de las mujeres. Una vez más, todo vale, con tal de que sea antioccidental.
Este artículo fue publicado originalmente en Libertad Digital (España) el 7 de marzo de 2017.