Costa Rica: Eutanasia

Juan Carlos Hidalgo indica que "Son pocos los países y jurisdicciones que reconocen este derecho fundamental a tener una muerte digna (Bélgica, Holanda, Colombia y algunos estados de EE.UU., entre otros). No es para menos; de por medio hay un intenso debate ético y moral que además tiene inescapables ribetes religiosos".

Por Juan Carlos Hidalgo

La vida es un derecho inalienable de todo individuo. Pero, ¿es una obligación? ¿Qué pasa con las personas que padecen una enfermedad o condición terrible, mortal o no, que les causa dolores espantosos o los incapacita de por vida? ¿No tienen derecho a acabar con su sufrimiento?

Estas interrogantes van más allá de una discusión filosófica. Para muchos costarricenses —y eventualmente para cualquiera de nosotros— son disyuntivas personales. Y ahora constituyen un tema por debatir tras la convocatoria del proyecto de ley sobre muerte digna de pacientes en estado terminal, de los diputados Antonio Álvarez y Carlos Arguedas.

La finalidad es darle un marco jurídico explícito a la “eutanasia pasiva”, una figura en la que se le permite a un enfermo terminal o crónico, con menos de seis meses de expectativa de vida, desistir de tratamiento o el uso de máquinas. La idea es respetar la dignidad de la persona al evitar alargar innecesariamente su agonía.

Si bien podría ser un paso en la dirección correcta, el proyecto es demasiado tímido en su alcance. Es más, la legislación contempla actualmente la posibilidad de que un paciente rechace procedimientos médicos e incluso estipula una sentencia reducida —que puede cumplirse de manera condicional— para el “homicidio por piedad”.

Por eso la iniciativa podría ser más ambiciosa: si ya reconocemos las premisas de la autonomía individual y que una persona no tiene por qué soportar un sufrimiento innecesario, entonces deberíamos también aceptar que un paciente en estas condiciones pueda acabar con su vida, ya sea de manera directa o con asistencia, siempre y cuando la decisión sea consciente y libre de coerción.

Son pocos los países y jurisdicciones que reconocen este derecho fundamental a tener una muerte digna (Bélgica, Holanda, Colombia y algunos estados de EE.UU., entre otros). No es para menos; de por medio hay un intenso debate ético y moral que además tiene inescapables ribetes religiosos.

Pero la ausencia de leyes no quiere decir que en nuestro país, clandestinamente, no haya enfermos que estén siendo asistidos por familiares y amigos a acelerar sus muertes.

Las preguntas están ahí: ¿Quiénes somos para juzgarlos? ¿Y por qué una persona en lo más absoluto de su agonía, debidamente informado y convencido de su decisión, no tiene la posibilidad de acabar con su vida, en paz y con dignidad, contando con la asistencia médica necesaria y en compañía de sus familiares?

Este artículo fue publicado originalmente en La Nación (Costa Rica) el 28 de septiembre de 2015.