Más sobre bitcoins
Manuel Hinds considera que el anuncio del gobierno salvadoreño de convertir al bitcoin en moneda de curso legal en El Salvador parecería ser más bien la implementación de un sistema de transferencia que facilitaría otro medio de pago.
Por Manuel Hinds
El gobierno ha dado más detalles sobre lo que pretende hacer al decir que planea convertir a bitcoin en moneda de curso legal. En un artículo publicado ayer, consideré dos posibilidades, una que no presenta ningún peligro (usarla como un medio de pago de cuenta bancaria a cuenta bancaria asociada con el dólar), y otra que podría ser muy riesgosa (usarla como moneda definiéndola como el estándar de valor en el país).
Para discutir el tema, es necesario aclarar algo importante. Al hablar de Bitcoin nos referimos a un sistema que consiste en dos cosas. Una, una unidad de transacción que no existe físicamente, solo como ciertos impulsos electrónicos, que se llama bitcoin. Dos, un sistema para transferir esos impulsos a cualquier parte. Las dos cosas son independientes. Uno puede usar el sistema de transferencia, usando para hacerlo los bitcoins, pero no quedándose con ellos.
Así, si uno quiere transferir $100 a San Francisco, uno compra bitcoins con los dólares, hace la transferencia en bitcoins, y luego los convierte en dólares al llegar a San Francisco. El sistema de transferencia es tal que se autocontrola, no requiere el paso del dinero por un banco o un banco central. No hay nadie que controle el sistema, sino los participantes. Hay gente que decide quedarse con los bitcoins y especular con ellos, a que suban de precio. Hay gente que se queda con ellos para mantener secreto el dinero que tienen allí. Y hay gente que no se queda con ellos. Y las transferencias se pueden hacer con otra unidad de cuenta. Hay muchas otras empresas que no usan bitcoins sino otras unidades, que pueden ser los mismos dólares.
A este momento, domingo 6 de junio en la mañana, se ha sabido que lo que pretende implementar es usar el sistema para hacer transferencias, a través de una aplicación telefónica llamada Strike que funcionaría así: El usuario ligaría su aplicación con una cuenta bancaria suya. Definiría una cuenta a la que quiere hacer la transferencia, supuestamente un banco, y haría la transacción inmediatamente. Así descrita, esta aplicación es otro medio de pago, igual que el efectivo, los cheques, las tarjetas de débito, las transferencias electrónicas, etc. No pone ningún peligro al sistema financiero ni al país, y puede hacer mucho bien, particularmente bajando los costos en la transferencia de remesas. Hay unas cuantas observaciones que hay que tomar en cuenta, sin embargo.
Primero, es esencial que no sólo el que manda el dinero sino también el que lo recibe tenga una cuenta bancaria o, si quiere quedarse con los bitcoins, que se pueda identificar claramente como persona natural o jurídica como si fuera una cuenta bancaria. En bitcoin las transacciones se hacen entre cuentas denominadas en bitcoins (que podemos llamar billeteras, aunque hay otras maneras de hacerlo) que pueden ponerse en código para que nadie sepa quien manda y quien recibe el dinero. Esto convierte a bitcoin (y otros sistemas similares) en el paraíso del lavado de dinero. Igualmente sería paraíso si se conoce el que manda pero el recipiente queda en el incógnito.
Hay personas que pueden pensar que incluir las cuentas bancarias en el sistema atrasaría el pago o daría una entrada a los bancos a ganar dinero en la transferencia. Esto no es así, porque la transacción de la persona A a la persona B no pasaría por los bancos. La persona A estaría haciendo un retiro de su banco en San Salvador con la aplicación y el banco de B en San Francisco sólo recibiría un depósito, que B podría usarlo inmediatamente. Si se quiere evitar el paso por los bancos en el recipiente, se puede hacer obligando a las empresas que hacen las transferencias a identificar claramente quien manda y quien recibe los fondos, y a someterse a la supervisión de la Superintendencia Financiera.
Segundo, aunque la aplicación que el gobierno quiere usar lleve a cabo de esta forma las transferencias, hay que describir en la ley todos sus requerimientos. Tercero, esto es necesario no solo porque el país no puede poner sus políticas de lavado de dinero en las decisiones de una empresa privada, sino también porque el gobierno no debe dar monopolio a ninguna empresa privada en ningún negocio, y menos en este caso, en el que hay muchas empresas compitiendo. Lo que se debe establecer son los requisitos que el mecanismo debe llenar para que otras empresas también puedan competir.
Empresas que usan Bitcoin debe por supuesto competir, aunque es bien sabido que tiene ciertas desventajas para hacer transferencias, especialmente porque tecnológicamente sólo puede hacer, en todo el mundo, entre 3,5 y 7 transacciones por segundo. Hay maneras de aliviar este problema (como no hacerlas instantáneamente sino acumularlas), pero es necesario que otros compitan para dar un mejor servicio.
Tercero, en las declaraciones que ha dado el presidente él ha afirmado que con esta medida El Salvador se convertiría en la Suiza del bitcoin, y que atraería muchos miles de millones de dólares de inversión que aumentarían el PIB en 25%. Para vislumbrar el impacto que la introducción del bitcoin pudiera tener, sin embargo, es indispensable tener en cuenta tres cosas. Una, que el bitcoin no existe físicamente, de modo que no puede estar en ningún lugar. Son unos impulsos eléctricos que se manifiestan en todos lados del mundo y más allá. El que El Salvador autorice el uso de bitcoins para pagos no trae ningunos bitcoins a El Salvador. Los pasa de una computadora a otra en algún lugar de la nube. Dos, lo que El Salvador estaría autorizando sería un método de pagos, no un banco que podría prestar dinero al país. El sistema bitcoin no presta dinero, aunque los bitcoins pueden prestarse. Y como el precio de los bitcoins es altamente volátil, las operaciones bancarias tendrían que hacerse a tasas altísimas de interés, ya que el valor en dólares puede variar más del 50% en un mes. Si la empresa que mueve bitcoins deseara prestarlos, tendría que registrarse como banco. Tres, el bitcoin no está prohibido en El Salvador y mucha gente ya lo usa, igualmente que en todo el mundo, y el PIB del mundo no ha subido en 25%.
Cuarto, y muy importante, es esencial que quede transparente el modelo de negocios de las empresas que lleven a cabo las transacciones. En algunas declaraciones del gobierno o asociados se ha dicho que la transacción será absolutamente gratis, sin comisiones. Pero las empresas transmisoras tienen costos, incluyendo el costo de capital que se compensa con utilidades. ¿De donde van a salir? No hay nada peor que un negocio que no es sostenible porque pierde dinero excepto uno que pierde dinero y se mantiene incólume, porque se mantiene de alguna manera no transparente.
Estas son algunas de las observaciones que habría que tomar en cuenta al diseñar el sistema. Hay muchas otras que son también importantes que no pueden listarse en un artículo. Es necesario consultar la legislación internacional en sistemas de pagos también.
En resumen, no hay razón para el pánico, si es que el gobierno lo que quiere es facilitar las transacciones teniendo mucho cuidado de no abrir la puerta para el lavado de dinero. Pero hay que tener cuidado de que la ley realmente llene estos requisitos.
Este artículo fue publicado originalmente en El Diario de Hoy (El Salvador) el 6 de junio de 2021.