Crónica de una crisis institucional salvadoreña con inspiración nicaragüense

Cristina López G. dice que "La Constitución salvadoreña en su artículo 183 declara a la Sala de lo Constitucional como el único tribunal competente para declarar inconstitucionalidades. Por lo tanto, sus resoluciones son irrecurribles" y una revisión de estas por un organismo internacional "afectaría la soberanía salvadoreña y carecería de validez".

Por Cristina López G.

Intereses partidarios se encuentran socavando las instituciones democráticas salvadoreñas. El hecho que desencadenó la actual crisis institucional, tuvo lugar el 24 de abril de 2012, cuando 6 días antes de que terminara su período, la Asamblea saliente nombrara a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia para el período 2012-2021, facultad que le correspondía a la siguiente Asamblea ya electa a través de las urnas el anterior 11 de marzo de 2012, pues la saliente ya había nombrado a la magistratura que le correspondía al inicio de su período legislativo.

Lo anterior ocasionó que la ciudadanía interpusiera demandas en la Sala de lo Constitucional para declarar la inconstitucionalidad de dicho nombramiento de magistrados. También se demandó que se declarara la inconstitucionalidad de una situación idéntica, ocurrida en la legislatura 2003-2006, que abusando sus facultades, nombro dos magistraturas en su período legislativo: la que les correspondía y la del 2006-2015.

La respuesta a dichas demandas tuvo lugar el 5 de junio 2012, cuando la Sala de lo Constitucional emitió las sentencias en las que resolvió la inconstitucionalidad de los dobles nombramientos realizados por las legislaturas 2003-2006 y 2009-2012. La reacción de los diputados del FMLN, CN, PES y GANA (suman 50 de los 84 que conforman la Asamblea Legislativa de El Salvador) fue declarar que no acatarían los fallos de la Sala de lo Constitucional.

El 14 de junio de 2012, los diputados mencionados interpusieron un recurso ante la Corte Centroamericana de Justicia, buscando que ésta declarara inválidas las resoluciones de la Sala de lo Constitucional. Lo anterior carece de fundamento jurídico por las siguientes razones:

  1. La Constitución salvadoreña en su artículo 183 declara a la Sala de lo Constitucional como el único tribunal competente para declarar inconstitucionalidades. Por lo tanto, sus resoluciones son irrecurribles y una revisión de las sentencias de la Sala de lo Constitucional de El Salvador por parte de un organismo internacional afectaría la soberanía salvadoreña y carecería de validez.
  2. Bajo el artículo 145, ningún tratado es superior a la Constitución salvadoreña, y los estatutos que justifican la existencia de la Corte Centroamericana de Justicia entran en la categoría de tratados.
  3. La Corte Centroamericana de Justicia solo es competente en dos ocasiones: en caso de conflictos entre Órganos fundamentales de los Estados firmantes y cuando existe el irrespeto de fallos judiciales. Los recursos contra las sentencias de la Sala de lo Constitucional están fundamentados en la causal de “conflicto entre órganos”, que no aplica en el presente caso, pues lo que existe únicamente es intención de desacato de fallos judiciales que han resultado desfavorables para un grupo (no el órgano legislativo), pero que han sido emitidos por un Órgano en el pleno ejercicio de sus facultades.

La Corte Centroamericana de Justicia admitió la demanda en tiempo récord y ordenó la suspensión de los efectos de las sentencias a las que se refería el recurso. Para protestar la admisión a pesar de la falta de competencia, la magistrada suplente de la Corte Centroamericana de Justicia María Guillén manifestó su renuncia del organismo regional. Ante lo anterior, el 25 de junio de 2012 la Sala de lo Constitucional declaró la inaplicabilidad de dichas medidas debido a la falta de competencia de la Corte Centroamericana de Justicia en este caso específico.

El entrampamiento es grave, ya que la nueva magistratura debía iniciar funciones el pasado 1 de julio, y debido a la obstinación de los partidos FMLN, GANA, PES y CN en desacatar las sentencias de la Sala de lo Constitucional, no hay magistrados cuyo nombramiento sea válido para tomar posesión de los cargos que han quedado disponibles. La posibilidad de que esta nueva legislatura lleve a cabo una nueva elección de magistrados (y excepcionalmente nombre o ratifique en sus cargos a los del período 2006-2015) se ve frenada debido a que no existen los votos suficientes (se requiere mayoría calificada, o 56 votos) para solucionar de esta manera.

Anteriormente, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia tenía la potestad administrativa de convocar y estructurar los puntos de agenda de la Corte en pleno. Sin discusión y con absoluta falta de justificación, se pasó a las 11:00pm del 28 de junio de 2012 con los 50 votos de los diputados de FMLN, GANA, PES y CN una reforma que (de manera transitoria, hasta el 15 de julio) admite que la Corte Plena se conforme sin necesidad de la convocatoria del presidente, con la sola presencia de 8 magistrados, en cualquier lugar. La intención de lo anterior es posibilitar que los magistrados electos de manera ilegal tomen posesión de sus cargos, llevando a otro nivel el incumplimiento de los fallos de la Sala de lo Constitucional que les encomendaban realizar los nombramientos de la magistratura 2012-2021 y de manera excepcional, para corregir la ilegalidad del nombramiento de la magistratura de 2006-2015, con un nuevo nombramiento (o ratificación de los magistrados que han ejercido el cargo durante todo este tiempo).

El Presidente Funes sancionó el decreto transitorio con su firma y en circunstancias poco transparentes, se publicó el Diario Oficial en tiempo record, de manera que se volvió ley de la república. El domingo 1 de julio, con la ayuda de un cerrajero que les permitió el ingreso a las instalaciones cerradas de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados electos de manera inconstitucional tomaron posesión a través de una inválida reunión de Corte Plena. Tanto el Presidente Funes como el presidente de la Asamblea Legislativa Sigfrido Reyes, han sumado esfuerzos en un continuo ataque mediático a los miembros de la Sala de lo Constitucional, a pesar de que en 2009 alabaran su independencia partidista.

Ante la crisis de tener una Corte vulnerada por un grupo de magistrados que han tomado posesión haciendo uso del vandalismo y de la violencia de grupos de sindicalistas, la sociedad civil se ha manifestado de manera pacífica exigiendo el cumplimiento de las sentencias. Debido a los hechos, el partido ARENA ha nombrado una comisión que buscará cabildear con representantes del FMLN suficientes votos para realizar los nombramientos que permitirían resolver la situación de manera constitucional. Sin embargo, las declaraciones públicas del Presidente de la República y de representantes del FMLN dan pocas esperanzas a esta última iniciativa política.

La comunidad internacional, tan rápida en otras ocasiones en declarar golpes de Estado (a veces incluso con independencia de que los mismos existan o no), ha ignorado en gran medida lo ocurrido en El Salvador, dejando la institucionalidad del país a merced de los intereses partidarios.