Costa Rica: Mitos y realidades del TLC con EE.UU.
Por Juan Carlos Hidalgo y Juan Ricardo Fernández R.
Este estudio fue originalmente publicado por la Asociación de Consumidores Libres en marzo del 2005. También puede leer este documento en formato PDF aquí.
1. La Iniciativa para la Cuenca del Caribe (ICC) es “eterna”, por lo que no necesitamos del TLC.
En la actualidad, el trabajo de 482.000 personas está relacionado directa o indirectamente con las exportaciones a Estados Unidos, las cuales se encuentran amparadas a los beneficios comerciales contendidos en la Iniciativa para la Cuenca del Caribe.
Bajo la ICC, el 74% de los productos del país entran libres de impuestos a Estados Unidos. Sin embargo, debe quedar claro que la ICC es una concesión que Estados Unidos brinda de manera unilateral y que, por lo tanto, queda a su criterio continuar concediéndola, restringirla o eliminarla. Una decisión del presidente o Congreso de turno de ese país podría poner fin a esas ventajas arancelarias.
De hecho, condiciones similares concedidas a Costa Rica unilateralmente por la Unión Europea fueron suspendidas hace año y medio. En noviembre del 2003 la Unión Europea eliminó los beneficios comerciales contenidos en el Sistema Generalizado de Preferencias, lo cual afectó a los exportadores de productos no tradicionales como piña, sandía, tubérculos, helechos, plantas ornamentales y flores. Aproximadamente 732 empresas exportadoras que emplean a 45.000 personas (26% jefas de hogar) se vieron afectadas por la eliminación de estos beneficios. Más de 100.000 empleos indirectos relacionados a la exportación de estos productos fueron también perjudicados.
En el mismo Estados Unidos, las preferencias otorgadas a los países andinos enfrentaron problemas para su renovación hace un par de años. En el caso de la ICC, no solo una parte importante de ella expira en el 2007, sino que todo el programa se vería en peligro, de no aprobarse el TLC, como lo confirmó el mismo representante comercial de ese país, Robert Zoellick, durante su visita a Costa Rica en el mes de marzo del 2004.
Con el Tratado de Libre Comercio, Costa Rica “amarraría” esos beneficios comerciales y dejaría de depender de la benevolencia unilateral de Estados Unidos. Dicha certeza es la responsable del incremento en el comercio y la inversión que se tiende a dar gracias a los tratados comerciales. Y en este campo, Centroamérica tiene mucho potencial que explotar: A pesar de ser un socio comercial considerable de Estados Unidos y de su cercanía con este país, Centroamérica tan solo contaba en el 2001 con un 1.8% de la inversión directa norteamericana en América Latina, la mayor parte de ésta en Costa Rica.
Finalmente, con el TLC no será un 74% de nuestros productos los que entre libres de impuestos a Estados Unidos sino un 99.8%, ya que se están incluyendo productos nuevos como el atún, entre otros.
2. No podemos competir contra los productos estadounidenses cuando éstos reciben subsidios por miles de millones de dólares.
Sobre los subsidios que Estados Unidos otorga a sus agricultores, es necesario clarificar que existen dos tipos de subsidios: a la exportación y a la producción. Sobre el primer subsidio, el TLC prohíbe otorgarlos, por lo que los estadounidenses tendrán que eliminarlos.
En segundo término, con excepción del arroz, los bienes agrícolas que reciben subsidios a la producción no se producen en Costa Rica, por lo que esas ayudas que Estados Unidos les da no perjudican al agro nacional. Entre los productos que reciben subsidios por parte de Estados Unidos se encuentran el algodón, arroz, avena, cebada, maíz amarillo, maní, sorgo, soya, otras oleaginosas y trigo.
Al no producir maíz amarillo, ni sorgo, ni trigo, ni maní, ni soya, ni avena, Costa Rica se ve beneficiada por los subsidios ya que compra estos bienes agrícolas más baratos debido a los subsidios. En esto no sólo se beneficia el consumidor costarricense, sino también al propio productor agropecuario o alimenticio que utiliza estos productos como materia prima.
En el caso del arroz, lamentablemente se incluyó un plazo de desgravación de 20 años, con la posibilidad de que al finalizar ese plazo y si los subsidios se mantienen, Costa Rica tiene la facultad de prorrogar un mecanismo de salvaguardia y de aplicar derechos compensatorios en caso de que los volúmenes de importación le hayan causado perjuicio a la producción nacional. Se dice que es lamentable puesto que los mayores perjudicados por estas exclusiones son los consumidores costarricenses, especialmente los más pobres quienes destinan un mayor porcentaje de sus alimentos a la compra de alimentos. Un estudio de Ricardo Monge y Julio Rosales1 demostró que la "protección" a productos "sensibles" reducía el ingreso de los más pobres en un 41%. En marzo del 2003, un estudio de Ecoanálisis confirmó que los más pobres gastaban al menos una tercera parte de sus ingresos a pagar el sobreprecio en productos básicos, tales como arroz, leche y pollo.
Aún peor, la ley que creó la Corporación Arrocera establece que esta entidad, conformada por los principales arroceros del país, es la única autorizada, junto con el Consejo Nacional de Producción, para importar arroz libre de impuestos y otras cargas arancelarias cuando el gobierno declare el desabasto del producto. Esto significa que los productores de arroz, acuerpados en Corporación Arrocera Nacional (Conarroz), se benefician de los subsidios estadounidenses ya que importan el producto a precios menores y lo venden en el mercado interno a los precios establecidos por el gobierno.
La ganancia generada por la importación de arroz beneficia a los productores más grandes. El informe No. DFOE-AM-16/2004 del 04 de agosto, 2004 la Contraloría General de la República indica que: “el efecto distributivo regresivo que se presentó, donde el menos beneficiado fue el productor pequeño que apenas subsiste, se muestra claramente con los siguientes datos: en manos de 33 grandes productores que representan apenas un 3% del total, quedó más del 50%”. Cabe señalar que de las 33 empresas, las tres primeras obtienen sumas extraordinarias, sólo una de ellas obtuvo más de $476.000,00.
Según datos de la extinta Oficina del Arroz, los precios del arroz se han fijado al doble del precio internacional—ajustados a nivel minorista—en los últimos años. Esto implica pérdidas de los consumidores costarricenses que se estiman en $70 millones anuales, o su equivalente de 29.680 millones de colones. Los productores de arroz se benefician de los subsidios estadounidenses y son los consumidores costarricenses los grandes perdedores del plazo de desgravación de 20 años.
3. Aún los productores de bienes agrícolas excluidos como la papa y la cebolla se verán afectados ya que estos productos pueden entrar desde el extranjero mediante la “triangulación”, es decir, a través de otra nación centroamericana.
Lamentablemente es muy difícil que esto suceda ya que ambos productos estarán sujetos a la verificación de normas de origen y a las sanciones penales, civiles y administrativas que se derivarían de su eventual violación.
Señalamos que es lamentable puesto que el gran perjudicado por la exclusión de estos productos es el consumidor costarricense, quien se verá privado de poder adquirir papas y cebollas más baratas y de mejor calidad provenientes de Estados Unidos.
Productos hotículas se exportan y compiten con otros productores en el exterior. Este sector es uno de los beneficiados con los tratados comerciales. El TLC con los países del caribe (CARICOM) le abre importantes oportunidades de expansión, sin embargo a los consumidores costarricenses se nos quiere negar los beneficios del libre comercio.

4. El TLC con Estados Unidos limita la capacidad de la Asamblea Legislativa para tomar decisiones sobre el futuro del país y del modelo de participación ciudadana con el cual se deben tomar las decisiones económicas y políticas de Costa Rica.
Efectivamente el Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos limita el poder de los políticos sobre la vida de todos los costarricenses, pero al mismo tiempo amplía las oportunidades de elección de los costarricenses al permitir una mayor competencia de productos y servicios, como es el caso de las aperturas de ciertos sectores de las telecomunicaciones y seguros.
La soberanía de los grupos políticos del país es limitada pero la soberanía del costarricense como consumidor es ampliada.
Precisamente porque el TLC es un contrato que obliga a las partes es que resulta tan beneficioso para el país. Al “amarrar” los beneficios comerciales de la ICC en este contrato comercial, el país estará incentivando la atracción de inversión extranjera proveniente de todas partes del mundo.
Debemos ser realistas, a Costa Rica le conviene ser parte en un contrato comercial con Estados Unidos. La economía norteamericana ganará muy poco comerciando con una país que cuenta con Producto Interno Bruto que equivale a menos de un 0.16% del suyo. Las exportaciones de Estados Unidos a Costa Rica equivalen aproximadamente a un 0.3% de su comercio total. En cambio, Costa Rica exporta a Estados Unidos un 53% de sus exportaciones totales. Además, el 54.1% de la inversión extranjera directa del país proviene de Estados Unidos. Obviamente Costa Rica es el mayor beneficiado de entrar en un contrato con su principal socio comercial.
5. Los plazos de desgravación sólo le dan al país una ventaja bajo una perspectiva cortoplasista, porque en un mediano plazo habrá un desplazamiento de los productos y servicios nacionales por los norteamericanos, que entrarán más baratos al país, ocasionando la quiebra de micro pequeñas y medianas empresas y de los productores nacionales.
Los productos nacionales que se verían afectados son muy pocos en comparación con los productores agrícolas que se beneficiarán con el Tratado de Libre Comercio. Además, los plazos de más de 15 años son significativos y dan tiempo de sobra para que los productores afectados recurran a la reconversión productiva, es decir, busquen actividades en donde son más competitivos, o mejoren su producción de tal forma que puedan competir con los productores extranjeros.
Al afirmar que los productos y servicios norteamericanos entrarán más baratos al país, se reconoce que los consumidores costarricenses se verán beneficiados al tener más opciones a menores precios.
El pequeñas y mediana empresas también son consumidoras en el sentido que tienen que comprar materias primas e insumos, que en muchos casos provienen del exterior. El libre comercio también implica un abaratamiento de sus costos de producción.
Por otro lado, gran parte de las exportaciones son efectuadas por pequeñas y medianas empresas, un mercado más amplio y de mayor poder adquisitivo (nacional y extranjero) les resulta muy conveniente.
6. El país tendrá un pérdida de ingresos fiscales cercano a US $60 millones de dólares por la desgravación de aranceles, debilitando la capacidad de inversión social de nuestro Estado costarricense.
Efectivamente los costarricenses nos veremos beneficiados por la eliminación de impuestos a las importaciones, lo cual resultará en más dinero disponible en la bolsa de los consumidores para satisfacer otras necesidades. No es cierto que “el país” perderá el dinero, ya que esa plata quedará en los bolsillos de los consumidores, y no en las arcas gubernamentales.
En relación con la pérdida de recursos fiscales, se podría presentar todo lo contrario. El TLC dinamizará la economía a través de mayores transacciones comerciales y al incentivar la inversión directa en nuestro país. Una economía más dinámica significa mayores ingresos fiscales producto del cobro de los impuestos existentes. Esto se ha experimentado en países como España en donde se han bajado los impuestos y aún así la recaudación del gobierno ha aumentado.
Lo anterior fue confirmado por un estudio del Banco Mundial donde concluyó que el incremento en el comercio generará una mayor recaudación fiscal a pesar de la rebaja de aranceles.
7. El TLC afecta la colocación de nuestros productos en un importante receptor de nuestras exportaciones: el Mercado Centroamericano.
Puede ser que algunos productos costarricenses se vean sometidos a una fuerte competencia estadounidense en el mercado centroamericano. Esto sucederá aún si Costa Rica queda por fuera del TLC y los demás países del istmo sí lo ratifican.
Sin embargo, los países centroamericanos representan el 13.1% de las exportaciones de Costa Rica, mientras que Estados Unidos es el 53%. Es decir, pondríamos en juego el intercambio con nuestro principal socio comercial (un mercado de más de 270 millones de consumidores con la capacidad de consumo más alta del planeta) bajo la hipotética posibilidad de que algunos productos nacionales sufrirían competencia en el mercado de nuestro tercer socio comercial (un mercado de 30 millones de consumidores, la mayoría de ellos por debajo de la línea de pobreza).
El TLC contribuye al proceso de integración comercial centroamericano y facilita el comercio en la región.
8. Este Tratado afecta negativamente a la mayoría del sector agropecuario.
Todo lo contrario, el sector agropecuario es una de los grandes ganadores al garantizar su acceso libre de impuestos al principal mercado del mundo. El agro costarricense, con sus conocidas excepciones, cuenta con un enorme potencial exportador que ya hoy en día podemos atestiguar. Un reciente análisis preparado por la Promotora de Comercio Exterior encontró que subsectores agrícolas como la piña, el melón y otras frutas son las “estrellas de exportación del país”. Asimismo se califica como “prometedor” el sector de plantas, flores, follajes y ornamentales. Además, el país exporta a Estados Unidos mango, pescado, carne, azúcar, sandía, guayaba, palmito, jugo de naranja, chayote, yuca, minivegetales, banano y café.
Los productos que se importan de Estados Unidos son básicamente los productos que no se producen localmente. Por cada dólar de importaciones agrícolas provenientes de Estados Unidos se exportan tres dólares a ese país.
Hay que tener presente que el territorio nacional comprende 51100 km2, de los cuales cerca del 8.5% corresponde a áreas agrícolas sembradas. Aproximadamente el 80% del área sembrada total del país se encuentra asociada con productos para exportación y un el 18.6% se dedica al cultivo de productos “sensibles” (cebolla, papa, frijol y arroz), según información tomada de SEPSA.
Los productos “sensibles” representan aproximadamente el 0.4% y el 6.4% del PIB total y del PIB agrícola, respectivamente para el año 2001, según datos suministrados por el Banco Central.
El no contar con el TLC tendría un impacto negativo en el 94% de la producción agrícola.
Las excepciones como la papa y la cebolla—excluidas del tratado—y el arroz, con un plazo de desgravación de 20 años (exclusión técnica), representan áreas donde el país debe promover la reconversión productiva, puesto que las exclusiones y el proteccionismo afectan al consumidor costarricense, incluyendo a los pequeños agricultores que producen muy pocos bienes agrícolas en comparación a los que necesitan para alimentar sus familias.
9. Este Tratado afecta negativamente el costo de las medicinas y debilita el sistema de seguridad social del país.
El TLC no afectará el presupuesto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ni aumentará el precio de las medicinas. Nada en el acuerdo prohíbe la producción, compra en el mercado costarricense, importación o distribución de medicamentos, ni genéricos ni de marca.
El TLC sólo establece por cuánto tiempo se debe proteger los datos sobre seguridad y eficacia de los medicamentos que el Ministerio de Salud exige presentar para autorizar su venta en el mercado nacional. El plazo establecido es de 5 años, igual al que existe en Brasil, Colombia, Chile, México y Estados Unidos. Las medicinas que se verían afectadas por este plazo son únicamente las nuevas que entren al mercado. En la actualidad, la CCSS destina un 9% de su presupuesto a la compra de medicamentos, y de este presupuesto total menos de un 3% representa la compra de los pocos medicamentos nuevos que entren al mercado.
Por ejemplo, de las 426 medicinas incluidas en la lista oficial que la institución compró en el 2003, eventualmente sólo 7 de ellas habrían estado protegidas bajo la disposición sobre datos de prueba del TLC, si hubiera estado vigente. Aun en ese caso, dado que esas medicinas fueron compradas a laboratorios que producen medicamentos de marca, no habría habido ningún impacto.
Asimismo, el TLC permite al Gobierno realizar “importaciones paralelas”. Con esto se hace referencia a que Costa Rica puede importar medicinas de otros países, por ejemplo, cuando éstas sean más baratas, aunque la empresa fabricante tenga la distribución exclusiva de esos medicamentos en el territorio costarricense.
10. Este Tratado pone en peligro el acceso universal y de bajo costo a los servicios de telecomunicaciones y electricidad ya que obliga a Costa Rica a la apertura permitiendo la participación de multinacionales en la prestación de servicios de telefonía celular, Internet y redes privadas.
El monopolio en telecomunicaciones es un obstáculo para la atracción de inversiones y para el desarrollo económico del país, además de que viola el derecho de los consumidores a escoger el proveedor de estos servicios que más les convenga, así como el derecho a comunicar y ser comunicado.
En cuanto al sector electricidad, el TLC no incluye la apertura del sector. Generalmente se argumenta que el sector telecomunicaciones subsidia al sector electricidad, lo cual no es cierto. Las finanzas de ambos sectores se contabilizan por separado y existe un impedimento legal para que un sector subsidie al otro.
El Índice Potencial de Crecimiento a Mediano Plazo realizado por el Foro Económico Mundial califica a 102. En este ranking Costa Rica ocupó el lugar 100 (superando a únicamente dos países) en calidad y competencia en los servicios de Internet. En la calidad de la telefonía celular el país está en el puesto 65.
El Índice de Competitividad, también del Foro Económico Mundial, incluye a 95 países e identifica los factores que influyen en la competitividad de los negocios. En éste, los factores más negativos de Costa Rica son la telefonía móvil (97) y la calidad de la infraestructura de las telecomunicaciones (86). Resulta obvio a partir de estos resultados que el monopolio del ICE no es una maravilla a nivel mundial.
Costa Rica se ha quedado rezagada en materia de telecomunicaciones a nivel mundial. Según cifras de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, sólo el 20.78% de los países cuentan aún con monopolio en los servicios de telefonía digital y apenas el 14.93% tiene monopolio en los proveedores de servicios de Internet. A nivel centroamericano, el número de clientes celulares, su densidad y el porcentaje de crecimiento de Costa Rica sólo supera al de Honduras y Nicaragua, países que se encuentran entre los más pobres del Hemisferio Occidental.
La existencia de hasta 100 empresas “piratas” de telefonía internacional y de provisión de servicios de Internet dan cuenta de la poca satisfacción de los consumidores nacionales con el monopolio estatal del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
En cuanto al costo de los servicios que se abrirán a la competencia, es obvio que, aun si la iniciativa privada los ofreciera a un costo mayor, el ICE podría continuar brindándolos a las tarifas actuales si partimos de que su desempeño es eficiente, algo que es difícil de creer.
La experiencia internacional muestra, mediante el cobro (“peaje”) por el uso de la red de los nuevos operadores se puede establecer un fondo que permita sacar a licitación la infraestructura y operación en regiones alejadas donde no fuese privadamente rentable invertir. De esta forma se daría un mayor y mejor servicio en las zonas urbanas como rurales. Por otro lado, los operadores privados están sujetos al pago de todo tipo de impuestos (renta, municipales, etc.) lo cual implica un mayor ingreso fiscal al gobierno.
Los costarricenses necesitamos servicios de calidad en telecomunicaciones, no se debe impedir a ninguna empresa (nacional o extranjera) a invertir en el sector para brindarnos los servicios que tanto necesitamos. En un país urgido de más y mejores empleos no se puede limitar la inversión que se requiere para generar fuentes de empleo. Un país que se inserta a competir en los mercados internacionales en la era de la información no se puede dar el lujo de tener cuellos de botella en el sector de comunicaciones.
Una encuesta realizada a nivel nacional por UNIMER en noviembre del 2003 muestra que 66,4% está de acuerdo con la apertura de telecomunicaciones independientemente del TLC, solo 13,4% es en desacuerdo o totalmente en desacuerdo.2
11. El Tratado obliga a permitir que participen empresas de todo tipo en el negocio de los seguros, esto impedirá al Instituto Nacional de Seguros (INS) obtener las ganancias que hoy invierte para mantener un servicio de bomberos gratuito para toda la población, en subsidiar los seguros solidarios como riesgos del trabajo y de cosechas.
Costa Rica es el único país del Hemisferio Occidental que cuenta con monopolio en el sector de seguros. Aún Cuba comunista cuenta con cierto grado de apertura.
Recientemente la prensa escrita del país informó sobre cómo el INS tuvo utilidades de $47.8 millones en el 2003, esto a pesar de que se supone que dicha institución debe operar al costo. El problema radica en que mucha de estas ganancias va a parar a manos del gobierno a través de la colocación de bonos de deuda pública. Esto constituye un impuesto oculto que no es aprobado por la Asamblea Legislativa.
Además, el carácter monopólico del INS se presta para todo tipo de abusos con sus recursos. Por ejemplo, la convención colectiva de la institución que beneficia a unos 2.200 empleados costó en el 2003 aproximadamente $6.6 millones.
Los consumidores serán los grandes beneficiados ante la apertura del sector de seguros ya que contarán con seguros más baratos y que se adecuan más a sus necesidades sin la necesidad de tener que soportar los abusos de un INS monopólico.
Finalmente, el TLC no inhibe de manera alguna la posibilidad de que Costa Rica escoja la forma de financiar el Cuerpo Nacional de Bomberos. Es importante recordar que en todos los países del mundo existe un cuerpo de bomberos, y que en ninguna parte es necesaria la existencia de una institución que ostenta el monopolio de seguros para financiarlo.
12. El TLC obliga a respetar la legislación laboral y ambiental local, por lo que el incumplimiento individual de una empresa o persona conlleva amenazas a las exportaciones nacionales a Estados Unidos. De ese modo, en lugar de que el Tratado premie los esfuerzos de un país como Costa Rica a favor del ambiente y de los trabajadores, podría más bien castigar al país económicamente.
El TLC más bien fortalece la aplicación de esta legislación en Costa Rica al dejar asentada la obligación de cada gobierno de apoyarse en su propia normativa.
De conformidad con el TLC, cuando un gobierno no aplique efectivamente su propia legislación ambiental o laboral, de una manera sostenida o recurrente, y ello afecte el comercio entre los países, uno de ellos podrá solicitarle consultas al respecto. Si éstas no dan resultado, se puede solicitar el establecimiento de un panel arbitral independiente que analice el caso. Este panel deberá rendir un informe al respecto, tras seguir un procedimiento con las debidas garantías de defensa para el gobierno acusado. En caso de demostrarse el incumplimiento, ambos países podrán acordar un plan de acción para atender el problema en cuestión. Si no se pudiera acordar ese plan o no llegara a cumplirse, el panel arbitral podría multar al gobierno que ha incumplido la obligación. La multa se destinaría a mejorar el cumplimiento de la legislación ambiental o laboral de que se trate.
Por otro lado, la Iniciativa de la Cuenca del Caribe ya establece al país obligaciones en la materia, sobre todo en el área laboral. La diferencia es que hoy la evaluación de su cumplimiento la hace unilateralmente Estados Unidos, el que también puede suspender los beneficios de la ICC si, a su juicio, no cumplimos esa normativa. En el TLC nada está sujeto a la decisión unilateral de Estados Unidos, lo cual es una de sus grandes ventajas.
13. El TLC generará una industria de poco valor agregado nacional y escasos encadenamientos.
Las empresas costarricenses—y los empleos que estas generan—se mantendrán sólidas con la entrada en vigencia del TLC, al igual que han coexistido con otros tratados de libre comercio suscritos por Costa Rica.
El proceso de apertura comercial de Costa Rica a lo largo de más de una década ha permitido a las empresas ajustar sus estructuras productivas y mirar más allá del istmo. Así, por ejemplo, en el sector industrial el arancel promedio es del 4.7%, lo cual demuestra lo abierto que está a la competencia este sector.
De los productos estadounidenses que tendrán libre acceso inmediato a Costa Rica en virtud del TLC, el 81% ya se encontraba libre de aranceles antes de negociar este acuerdo. Pero si, además, se considera el posible aumento en la capacidad de producción de estas empresas y la instalación de otras nuevas, de capital local y extranjero, como consecuencia del TLC, el impacto en el empleo será muy positivo.
En cuanto al valor agregado nacional, recientemente un periódico nacional (La República, 15 de mayo, 2004) informó sobre cómo las empresas multinacionales aumentaban las ventas de las pequeñas y medianas empresas nacionales (pymes). Esta noticia demuestra que las grandes compañías multinacionales son complementarias con las pymes, y que ambas ganan de comerciar unas con otras. Por un lado a las multinacionales les conviene comprar productos y servicios a proveedores locales ya que obtienen considerables ahorros en costos-tiempo, procesos productivos y logística. Por el otro a las pymes les sirve hacer negocio con las multinacionales debido a la magnitud de las ventas que pueden alcanzar y a la confianza y el trabajo directo que se logra con estas grandes empresas. Por lo tanto, el valor agregado nacional aumentará y no disminuirá con el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos.
14. El TLC contiene una “claúsula de seguridad esencial” impuesta por EU por la cual EU puede desconocer el TLC en cualquier momento.
Únicamente existe una disposición llamada así en el Cap. 21 y es el art. 21.2. Esta disposición RIGE también para CR y solo implica que cada país conserva el derecho para proteger información relacionada con su seguridad nacional o tomar medidas relacionadas con su seguridad nacional lo cual es lógico y viene de los derechos ante la OMC.
15. Una vez aprobado el TLC “es para toda la vida”, ni toda la Asamblea Legislativa podría eliminarlo. 3
El TLC es de duración indeterminada, pues no tiene un plazo específico de vencimiento, sino que se mantiene en el tiempo.
Sin embargo, si por alguna razón uno de los países suscriptores del acuerdo no quisiera forma parte de él, puede hacerlo en cualquier momento con solo notificárselo a los otros. Esto es lo que se conoce con el nombre de “denuncia” de un tratado internacional.
La denuncia es un acto unilateral de un país parte de un convenio, que no necesita de la voluntad de las demás partes de ese acuerdo.
En el caso del TLC, su artículo 22.7 señala que cualquier parte podrá denunciar el tratado notificándolo por escrito al depositario (que es la OEA).
Esta denuncia surtirá efecto 6 meses después de la notificación por escrito, a menos que las partes acuerden un plazo más largo o más corto para que entre en vigor.
Algunos se han confundido al leer el TLC y han entendido que la denuncia debe ser aceptada por las demás partes del tratado. Esto no es lo que dice su texto, el cual es muy claro en esta materia.
Si Costa Rica quisiera dejar de ser parte del TLC, se lo debe notificar a la OEA y esta denuncia surtirá efecto 6 meses después. No requiere para ello que los demás países del TLC estén de acuerdo. Incluso, aunque ellos estuvieran en desacuerdo con la decisión costarricense, nada podrían hacer al respecto.
Todos los otros tratados de libre comercio suscritos por Costa Rica tienen una disposición similar: cualquier parte puede denunciar el tratado, y dicha denuncia surtirá efecto 180 días o 6 meses después de notificada.
Así lo señalan expresamente el artículo 19-06 del tratado con México, el artículo 21.05 del tratado con Chile, el artículo 20.10 del tratado con República Dominicana y el artículo XV.5 del tratado con Canadá.
En la base de lo anterior se encuentra una razón muy lógica: si un país ya no quiere ser parte de un tratado, pues entonces nadie puede obligarlo a que lo siga siendo. El país, en ejercicio de su soberanía, así como quiso ser parte del tratado, puede decidir también lo contrario.
16. La negociación del TLC se llevó a cabo “en secreto”, casi nadie está enterado de lo que se negoció.
La inmensa mayoría de los representantes de los sectores interesados conocían y conocen el resultado de las negociaciones aunque esto ameritó como es lógico una participación intensa y cercana. El TLC se puede “dividir” en dos partes, una relativa al comercio de bienes y servicios donde se consulta a los representantes directos de la producción de los mismos y otra parte “normativa” de interés general, esa parte general que contiene reglas para el comercio de bienes y servicios en mucho está basada en reglas que ya CR tiene en vigor desde hace años por lo que establecen la OMC y otros acuerdos internacionales.
La posición nacional que se negoció fue producto de una amplia consulta nacional con diversos sectores, entre ellas: consulta abierta al público; consultas sectoriales a través de 49 subsectores, cámaras, asociaciones e instituciones; consultas a organizaciones; cuartos adjuntos antes, durante y después de cada ronda de negociación; diversos debates y foros.
Referencias
1.Monge-González, Ricardo y Julio Rosales (1998), “Apertura Comercial e Inversión Extranjera”, en Ronulfo Jiménez (ed.) Estabilidad y Desarrollo Económico en Costa Rica: Las reformas pendientes, San José: Academia de Centroamérica.
2. Ver: http://www.consumidoreslibres.org/encuesta_archivos/frame.htm.
3. Parte de la aclaración se sustrajo del artículo del día 26 de agosto del 2004 en el periódico Al Día http://www.aldia.co.cr/ad_ee/2004/agosto/26/opinion0.html.