Ecuador: Los banqueros y el Artículo 312

Gabriela Calderón de Burgos considera que la prohibición constitucional de que los banqueros puedan ser dueños o tener acciones en los medios de comunicación no derivará en una mayor libertad de expresión.

Por Gabriela Calderón de Burgos

Guayaquil, Ecuador— El Artículo 312 de la Constitución viola la igualdad ante la ley.1 ¿En nombre de qué se la violenta? Por supuesto que nos dicen que en nombre de la libertad de expresión y porque los banqueros, francamente, tienen demasiado poder. Ahora que se ha aplicado esa norma, ¿hay o habrá más libertad para expresarse en el país? ¿Se ha reducido el poder de los banqueros?

El prejuicio detrás del Artículo 312, el cual prohíbe que los banqueros sean dueños o tengan acciones de medios de comunicación, es que los banqueros utilizan los medios para concentrar poder, el poder de la influencia sobre la opinión pública. Seguramente algunos banqueros que poseen medios los hayan comprado con esa finalidad, pero se habrán dado cuenta que aunque es posible influir la opinión pública para que esta favorezca sus intereses particulares, aquello no es algo que se puede hacer sin eventualmente incurrir en un alto costo para el medio.

La credibilidad de canales de televisión que anteriormente promovían los intereses personales de ciertos banqueros sufrió, así como hoy está sufriendo la de los canales estatales que promueve el proyecto político del Presidente (con el agravante de que en este caso se hace con “el dinero de todos”).

Prohibir que los banqueros tengan medios de comunicación no evitará que ellos sigan ejerciendo cierta influencia sobre los medios a través de la contratación de publicidad. El gobierno debe comprender esto mejor que nadie ya que se ha valido de la contratación de propaganda para influenciar a los medios de comunicación privados.

Esta prohibición tampoco es a prueba de testaferros. Es probable que algunos banqueros se valgan de testaferros para seguir en los medios, pero, puede ser que la única manera de que el gobierno esté 100% seguro de que no hay testaferrismo en los medios sea que se convierta en el dueño de todos ellos o se los regale a sus amigos.

El poder que concentra la banca privada en Ecuador se debe a que está protegida de la competencia extranjera por una Constitución, leyes, inseguridad jurídica y falta de incentivos que espantan a los bancos internacionales que, bajo otras condiciones, se establecerían aquí. Eso no se resuelve sacando a los banqueros de los medios. Como dice el Economista Pedro Romero de la Universidad San Francisco de Quito: algunos banqueros “desde hace muchos años se han comportado como un grupo de presión que ha evitado que la banca extranjera compita con ellos”.

Si el gobierno quiere fraccionar el poder de la banca lo mejor que puede hacer es eliminar leyes y medidas que desalientan la inversión extranjera y adoptar el exitoso modelo de integración financiera de Panamá.2 Hoy compiten en ese país más de 70 bancos3 internacionales y las condiciones de financiamiento así como la penetración financiera son envidiables.

El Artículo 312 no resultará en un periodismo más independiente del que hoy existe ni servirá para fomentar la competencia en el sector bancario. Solo es una medida más para coartar la libertad de prensa y expresión en el país. Este es un ejemplo más de cómo la restricción de la libertad de los individuos en el ámbito económico coarta al mismo tiempo libertades civiles.

Este artículo fue publicado originalmente en El Universo (Ecuador) el 27 de octubre de 2010.

Referencias:

Constitución de 2008. Disponible en: http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Ecuador/ecuador08.html

Moreno-Villalaz, Jose Luis. “Financial Integration and Dollarization: The Case of Panamá”. Cato Journal. Invierno 2005.

Superintendencia de Bancos de Panamá. Generales de Bancos: http://www.superbancos.gob.pa/aspec_igee/generalesbcos.asp