Paraíso laboral: ¿Para quiénes?

Por Gabriela Calderón de Burgos

Guayaquil, Ecuador— Es una creencia popular que para mejorar las condiciones laborales basta con mejorar las leyes laborales y castigar a aquellos malvados empresarios que se niegan a obedecerlo.

Si la creencia popular fuera cierta, entonces el “paraíso laboral” estaría en África Sub-Sahariana: la región con los mercados laborales más regulados del planeta (o en Ecuador, que se ubica en la posición 168 entre 178 en cuanto a flexibilidad laboral). Según el índice Haciendo Negocios 2008 del Banco Mundial1 esta región supera a todas las demás del mundo en la regulación para contratar y despedir a un trabajador. También es la región con el promedio más alto de dificultad para contratar por horas.

En cambio, países como Australia, Canadá, Dinamarca, e Inglaterra, entre otros, serían los “infiernos laborales” ya que estos son los países en donde menos se regula el mercado laboral. No obstante, es evidente que el trabajador promedio en cualquier país africano tiene peores condiciones laborales que el trabajador promedio en cualquiera de estos países.

Esto sucede porque mientras más compleja hacemos la regulación laboral, más se la ignora. El código laboral se vuelve demasiado oneroso y engorroso para los empleadores y se vuelve demasiado exclusivo para los trabajadores. Tanto es así que en el caso del Perú, el periodista Jaime de Althaus cuenta que “el mítico paraíso laboral [peruano] nunca benefició a más del 12 por ciento de los trabajadores (sin contar a los estatales), y solo fue posible gracias a las transferencia de rentas del resto de los peruanos”.2 Es decir, todas esas protecciones laborales sirvieron para proteger a un selecto grupo de trabajadores a costa de todos, y al final del día, no fue sostenible.

En el caso de Ecuador, entre 1998 y 2001, el empleo en el sector formal de la economía creció un 12% mientras que el empleo en el sector informal creció un 24%. Para 2001, más ecuatorianos estaban empleados en el sector informal. Para ellos, el código laboral es irrelevante. Para mejorar las condiciones de empleo, habría que tratar de reducir la informalidad reduciendo el costo de la formalidad.3

Pero nosotros parecemos querer convertirnos en el “caso de estudio” sobre cómo empeorar las condiciones de trabajo. El fenómeno es así:

  • Como primer paso aumente el salario mínimo a un nivel que no refleja la realidad del mercado laboral ecuatoriano. Esto ya se hizo en diciembre de 2007 y el aumento fue de casi 18%. Con esto se desalienta el empleo en el sector formal y se deprime los salarios en el sector informal, entre otras consecuencias negativas.
  • Mientras hace esto, constantemente ataque a los creadores de empleos, los empresarios y—como era de costumbre en los gobiernos fascistas—solo dialogue con los “empresarios” escogidos a dedo. No deje a un lado a satanización de casi cualquier empresa extranjera, ahuyentando así la poca inversión extranjera que existe en el país.
  • Como segundo paso elimine cualquier vestigio de flexibilidad que tiene en este momento el mercado laboral del país. En el caso de Ecuador, esto son las tercerizadoras y la contratación por horas.

Así es como el gobierno de la “revolución ciudadana” probablemente no logrará generar empleos nuevos, concederá a algunos de los que ya están empleados en el sector formal un paraíso laboral, y a otros un muy probable infierno laboral en el sector informal. A los ecuatorianos que más ayuda necesitan—los desempleados y subempleados—los condenará a seguir en empleos informales sin la protección de la ley, o lo que es peor, a seguir desempleados.

Este artículo fue publicado originalmente en El Universo (Ecuador) el 25 de marzo de 2008.

Referencias:

1. Haciendo Negocios 2008. Banco Mundial. Disponible en: http://www.doingbusiness.org

2. De Althaus, Jaime. La revolución capitalista en el Perú. Julio 2007. Fondo de Cultura Económica, p. 283.

3. “Mercado laboral ecuatoriano y propuestas de política económica”. Agenda de Competitividad y Productividad—Banco Central del Ecuador. Noviembre de 2003. Disponible en: http://www.bce.fin.ec/documentos/PublicacionesNotas/Catalogo/Apuntes/ae36.pdf